VENCIMIENTO INFORME ANUAL COMAP
A todas las empresas con proyecto presentado a COMAP solicitando beneficios fiscales, les recordamos la obligación de presentar en tiempo y forma del INFORME ANUAL COMAP (Contable y cuando corresponda Informe de Obra Civil). Es obligatoria su presentación incluso cuando la Resolución no haya sido publicada.PLAZO
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN:
El plazo reglamentario es de 4 meses luego del cierre de balance más 30 días hábiles. Corresponde presentar informe aun cuando la resolución no haya sido publicada a la fecha. Se presenta durante el plazo de compromiso del indicador comprometido, mientras se hace uso del beneficio de IRAE y hasta que se cumpla la inversión/objeto comprometido, el plazo que sea mayor de esas situaciones será el que determine los años de informe a presentar.
INSTRUCTIVO:
DECRETO 2/012: http://bit.ly/2p9Ydt6
DECRETO 455/007: http://bit.ly/2nLBxOK
Fecha: 05/04/17
Fuente: http://comap.mef.gub.uy
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Cuéntenos de su proyecto escribiendo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.